PATROCINADORES 2024-1

PATROCINADORES 2024-1
La Asociación de Amigos del Camino de Santiago en Cadalso de los Vidrios agradece su colaboración a todos nuestros PATROCINADORES. Muchas Gracias.

PATROCINADORES 2024-2

PATROCINADORES 2024-2
La Asociación de Amigos del Camino de Santiago en Cadalso de los Vidrios agradece su colaboración a todos nuestros PATROCINADORES. Muchas gracias.

CONCURSO FOTOGRÁFICO PARA EL CALENDARIO DE 2025

CONCURSO FOTOGRÁFICO PARA EL CALENDARIO DE 2025
PARTICIPA EN EL CONCURSO FOTOGRÁFICO.

MAPA DE METRO DE LOS CAMINOS DE SANTIAGO

MAPA DE METRO DE LOS CAMINOS DE SANTIAGO
FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DEL CAMINO DE SANTIAGO LEVANTE-SURESTE

MAPA FOLLETO

MAPA FOLLETO
MAPA DEL CAMINO DEL SURESTE A SU PASO POR LA PROVINCIA DE MADRID, DESDE ESCALONA A CADALSO Y DE CADALSO HASTA CEBREROS, CON FOTOS DE LUGARES SINGULARES DE TODAS LAS POBLACIONES.

INFORMACIÓN FOLLETO

INFORMACIÓN FOLLETO
CARA DE INFORMACIÓN DEL MAPA DE LAS ETAPAS DEL CAMINO DEL SURESTE A SU PASO POR LA PROVINCIA DE MADRID ENTRE ESCALONA (TOLEDO) Y CEBREROS (ÁVILA) CON INFORMACIÓN DE LOS RECURSOS EN LOS DISTINTOS MUNICIPIOS. ESTE FOLLETO HA SIDO EDITADO POR LA ASOCIACIÓN DE AMIGOS DEL CAMINO DE SANTIAGO EN CADALSO DE LOS VIDRIOS CON EL PATROCINIO DE LA CONSEJERÍA DE TURISMO DE LA COMUNIDAD DE MADRID. AGRADECEMOS AL AYUNTAMIENTO DE CADALSO SU COLABORACIÓN.

viernes, 8 de mayo de 2020

CADAHALSO (Decimoprimera Entrega)

CADAHALSO. LIBRO DE ÁNGEL SÁNCHEZ MORENO "CANILLO". (Décimoprimera entrega).

Capítulo IV (Cont.)  De lo que sucedió en Cadahalso para dejar de ser lugar o aldea de Escalona.

Escritos recogidos en libros y archivos relacionados

“Hay otra provisión de Enrique III a petición de Escalona, y habiendo Cadahalso ganado provisiones para eximirse y teniendo variedad Escalona de castañeros y herbajes, manda suspensión por un año, quedando todo como el año 90 y entre tanto se vean las demandas.  

En las Cortes de Madrid y de junio año 1390. Firmada por los Rectores./ Notificada por Pedro Álvarez y Tovar Ballesteros de Maza"1El primer dato que conocemos es de 1351 cuando el Rey Pedro l confirmaba a Escalona todos los privilegios que poseía de los reyes precedentes.2“Un siglo más tarde empiezan los grandes pleitos entre la aldea de Cadahalso y la Villa de Escalona, entre el señorío y la cabeza del señorío. En 1352 se entabla pleito entre Cadahalso y Escalona ante el rey Don Pedro sobre términos y castañares. El conflicto de 1352 no fue el primero ni el último; con toda seguridad ya los habría habido antes. Ávila buscaba excusas para hacerse con alguna porción del territorio de Escalona. El conflicto al que acaba de hacer referencia tuvo lugar por unos términos que estaban dentro de la esfera de Cadahalso. Esta ya conocemos, era la aldea más reacia a la jurisdicción de la Villa, por lo que no es de extrañar que Ávila  escondiese sus intereses detrás de las pretensiones de Cadahalso, para poder conseguir unas tierras ricas en pastos y en madera. 


Aún durante 1358 siguen los problemas. Así, en el mes de marzo de ese año, Pedro l tuvo que dar una provisión a petición del tutor de doña Blanca, hija de don Fernando Manuel y señora de Escalona, en donde manda amojonar los términos entre Ávila y Escalona."3“  De Don Juan Manuel, nos viene el escudo de Cadahalso, casó en segundas nupcias con Dª. Blanca de la Cerda, naciendo de su enlace D. Fernando Manuel, que muerto su padre en el 1348 posiblemente en Córdoba, en 1347 heredó la fortaleza y Villa de Cadahalso y Escalona y las grandes tierras, llamadas de D. Juan ó el Marquesado.

Casó con Doña Juana Despina, hija del infante de Aragón Don Ramón Berenguer, y falleció en 1350. Dejó solo una hija, Doña Blanca, que moza, murió sin sucesión en 1360. Con esto volvieron los estados al patrimonio real, y aun cuando Don Enrique II donó Escalona y Cadalso en el 1366 a Don Alfonso, Conde de Denia, por ser parcial suyo. Según se nos dice: en el 1389 se supone que se nos dio la libertad a Cadahalso, el 15 de Septiembre, yo pienso que sería el 14 ya que este día tenemos la fiesta grande del Cristo del Humilladero, fue un franciscano Fr. Fernando de Illescas, confesor del Rey, un oidor del Consejo y un alcalde de casa y corte pero es declarado nulo y falso.

Esta confirmación tuvo como motivo algún hecho con Ávila. Más tarde. en 1352, se llevó a efecto un proceso entre la ciudad de Ávila y Escalona ante Esteban Fernández, Alcaide de Toledo, por comisión del Rey Don Pedro l. El resumen del proceso decía lo siguiente: ante Esteban Fernández Alcaide de Toledo, por comisión del Rey Don Pedro, en la era de 1390, sobre que se querellaron los de Escalona de los de Ávila. los motivos fueron: que habían entrado con gente armada en los términos de los lugares de Toledo, Navas del Alhamin y los castañares.....y haberles llevado muchos ganados, y otras cosas. 


El enfrentamiento terminó y se dio la razón a Escalona, y por ello se obligaba a Ávila a devolver todo lo sustraído, así como a respetar los privilegios de los reyes y, por supuesto, los límites territoriales de aquellos lugares. Pero cual seria la sorpresa de los nuestros que este documento es declarado nulo y falso. Pero como somos muy de seguir, se reclama de nuevo la libertad los vecinos de Cadahalso ante Enrique III en el año 1391.


Entra en escena Juan II, y en 1421 confirma la sentencia de 1389. En 1423 pasó a D. Juan II, quién el año siguiente se lo cedió a D. Álvaro de Luna por privilegios fechados en 16 de Febrero de 1424. El mismo rey Enrique III a 23 de Julio de 1433 revoca cualquier carta o privilegio por el cual pretendiese Cadahalso sustraerse del señorío y jurisdicción de Escalona, a fin de que aquella aldea no se yermase y desplomase. El sábado 15 de Septiembre se ejecuta, dejando los alcaldes las varas y entregándolas al ejecutor, que lo fue el señor Luis de la Cerda.

Y por otro privilegio real dado en Arévalo a 26 de Febrero de 1438 el mismo monarca fundó con Escalona y Cadahalso otros castillos, y villas y lugares. Un Maestrazgo para remunerar los servicios del Condestable y su descendencia el 10-XII-1423 estando el Rey en Tordesillas le hizo Condestable de Castilla y de León. Decapitado D. Álvaro de Luna, D. Juan II tomó para sí Escalona, Cadalso, Cebreros, Maqueda y El Tiemblo, lo que se puede observar en una carta fechada en Escalona 30 de

Junio de 1453.

¿Pero qué fuerza no tendría Escalona? El 23 de julio de 1453 D. Juan II revoca cualquier carta ó privilegio por el cual Cadalso se pudiera separar de Escalona, dice se que lo hacían para que esta aldea no se yermase y despoblase. D. Juan II manda que Cadahalso sea aldea en el día 23 de Julio (Año 1453) con la siguiente carta:"D. Juan II por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León, de Toledo, de Galicia, de Sevilla, de Córdoba, de Murcia, de Jaén y de los Algarbes de Algeciras y Señor de Vizcaya y de Medina al Consejo, Alcaldes y Alguaciles, regidores, caballeros, escuderos y hombres buenos de la mi Villa Escalona a cada uno de Vos salud y gracia.  Sepáis que vi una petición por la cual me hicisteis relación del lugar de Cadahalso el cual siempre había sido mismo término y Jurisdicción de esta dicha mi villa. Ahora nuevamente se quería substraer del señorío y territorio y Jurisdicción de esta villa diciendo que yo había eximido, y apartado el dicho lugar de la dicha jurisdicción y Señorío de esa villa y lo había hecho villa por sí, y sobre sí con justicia y jurisdicción

apartada lo cual si así pasase de vida, que sería un gran daño en perjuicio, en disminución y despoblamiento de esta dicha villa en contra de los privilegios que sobre ella han tenido los Reyes pasados, de Gloriosa memoria, mis progenitores, contra la posición en que a veces ha estado y están del dicho lugar por muchos años acatado por la memoria de los hombres, en contrario fuera causa que esa villa se diezmase, despoblase, me suplicasteis y pedisteis por merced que me dignase de mandar revocar cualquier carta o cartas o privilegio que yo hubiese dado, o mandado decir, al dicho lugar de Cadalso.

Sobre lo susodicho; Y mandase que en dicho lugar de Cadahalso fuese señorío y jurisdicción y término de ella, según como hasta aquí había sido pues aquello sería en mi servicio y lo contrario seria perjuicio y daño de la dicha villa, desautorizando por ende y acatando lo susodicho y atendiendo que es así cumpliendo a mi servicio, y por el bien común de esa dicha villa y tierra y por bien, y es mi merced que el dicho lugar de Cadahalso sea de aquí en adelante de esa villa de Escalona y del señorío y término, territorio y jurisdicción de ella según en la manera y forma que lo fue, ha sido y fueron en

los tiempos pasados hasta aquí, no embargo cualquier carta o privilegio que yo les mandase dar sobre la dicha razón ni cualquier firmeza, y cláusulas Y obligaciones y derogaciones en ellas contenidas lo cual todo habiéndolo aquí por expreso y especificado bien en sí como si de palabra o aquí fuese inserto y comparado yo de mi cierta ciencia expreso mutuo y poderío real absoluto revoco y doy por ninguna y de ningún valor y quiero y es mi merced y mando que no haya a efecto más que ahora, de aquí en adelante el dicho lugar Cadahalso figure por tierra y término y jurisdicción de esa dicha villa según y como y por la forma y manera que hasta aquí lo ha sido y por esta mi carta mando al Concejo, alcaldes, alguaciles, regidores, oficiales, hombres buenos del dicho lugar de Cadahalso que lo guarden y hagan guardar y cumplir en todo y por todo según que en esta mi carta contiene y no vayan ni pasen ni consientan a nadie pasar, contra ello ni contra parte de ello ahora de aquí en adelante en alguna manera no embargante la dicha carta es privilegio que yo en sí dé, que lo he mandado dárseles mando y defiendo que no siendo de ella, pues no viéndolas yo, revoco y doy por ninguna como dicho es, y los unos ni los otros no pagaréis un real por alguna manera sópela de la mi merced de diez mil maravedíes, cada uno para la mi cámara y demás mando a hombres que vos mi carta que los empleare que aparezcan ante mi en la mi carta de quien yo sea del día que los emplazase
quince días primero o siguientes sola dicha pena a cada uno, por lo cual mando o cualquier escribano público que para esto fuese llamado que de al que vos le mostrases testimonio signado (firmado) con su signo porque yo sepa como se cumple mi mandado.

Dado en Medina del Campo a veintiún del mes de Julio, año del Nacimiento de nuestro señor Jesucristo de 1453.

Yo el Rey- Yo el Doctor Fernando Díaz de Toledo oído y refrendario del Rey y su secretario la hice escribir por mandato y en las espaldas de la dicha carta decía: Registrada- Rodrigo y cerca del sello Rodrigo de Villa Costa."1
Fotos: Faustino Calderón y Javier Perals.
Texto: Ángel Sánchez Moreno "Canillo".

No hay comentarios:

Publicar un comentario